RAMA PROFESIONAL DEBE MANDAR EN FPF
¿Qué dice la Ley 26252, que ha permitido a Delfino y Burga eternizarse en la presidencia de la FPF? En primer lugar establece igual cantidad de votan-tes para el fútbol profesional como para el amateur, cuando todos sabemos de la mayor importancia y relevancia que tiene la rama rentada, pues mantiene viva la afición con sus campeonatos, sus participaciones en Copas Libertado-res y Sudamericana, aparte de dotar de jugadores a los distintos selecciona-dos de todas las categorías.
Como son 12 clubes de fútbol profesional, igual número de votos se le brinda a la rama amateur.
¿Cómo? Muy simple: El fútbol es el único deporte realmente organizado en el país y cuenta con ligas distritales, pro-vinciales y departamentales. Estas últimas son 24 y mantienen estrecha rela-ción con el directorio de la FPF.
Entre las 24, eligen 11 representantes que son los votantes. Se le agrega al voto de la Segunda y así salen los 12 votos que igualan el número de los profesionales.
ELECCIONES CADA 4 AÑOS
El mandato en los casi 40 deportes que existe en el Perú es de sólo dos años. Pero el fútbol tiene un manejo especial, de acuerdo a las normativas FIFA que Delfino hizo introducir en la Ley 26252 de 1993.
Al no mencionarse una fecha específica, la FPF convoca a elecciones de las departamentales (para nombrar sus 11 representantes ante la Asamblea que votará en las elec-ciones presidenciales) con una semana de anticipación a la Asamblea, razón por la que un candidato ajeno a la FPF está en clara desventaja, pues no tiene tiempo ni de contactar con los representantes del fútbol amateur, ni de hacerles conocer sus propuestas.
Los que si conocen quienes son esos 11 representantes son los miembros del directorio de la FPF, que les brinda alojamiento gratis, con todas las facilidades, hasta alimentarias, en la Videna, con lo que ya los tienen en sus garras.
Ahora hasta organizan el campeonato descentralizado de la Segunda de Ascenso, con lo cual también tienen su voto. Y como los dirigentes de los clubes de la órbita profesional son tan mio-pes y desatendidos del manejo del fútbol total, sólo se interesan de su partido semanal, como lo ganan y de pasadita mirar si se pueden meter un billetito al bolsillo.
Entonces aceptan los caramelitos que la FPF le ponen en la boca, como integrar la Comisión del Deseleccionado, a cambio del voto. En un horizonte así, ¿quien va a ser tan tonto o suicida para meterse a candidato a la presidencia de la Federación? Ya lo pretendieron Miguel Pellny, de la "U", cuando estaba en vida, pero retrucó cuando se enteró como era el proceso.
Igualmente ocurrió con el abogado José Marcelo Allemant, cuando presidía el Municipal, y tuvo que dar marcha atrás.
Y lo mismo lo pa-só al buen Alfredo Deza, cuando estaba en la dirigencia del Alianza y le pi-có el bicho de la candidatura.
EL FAMOSO ART. 44
La nueva Ley Deportiva, que impulsó Cecilia Tait, cuando presidía la Comisión de Juventud y Deporte del Congreso en el 2003, lleva el número 28036 y en su artículo 44 sólo admite una federación o asociación por disciplina deportiva. Como se sabe, en el fútbol existen dos.
La Asociación que maneja la rama profesional. Y la Federación que administra la amateur, más los se-leccionados porque tiene el reconocimiento FIFA.
Y como la FPF no ha cumplido con el plazo de la Ley para adecuar sus Estatutos a la nueva norma, habiendo reincidido con un nuevo plazo legal que se venció en diciembre del 2005; es que ahora su directorio ha sido desti-tuido por el Consejo Superior de Justicia Deportiva del IPD, mientras el Congreso aún no define cómo adecuar el Art.44 a la realidad de nuestro fút-bol?



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